La Asamblea General será el órgano competente para decidir acerca de la admisión de los Miembros.
Para ser miembro de La Asociación se requiere:
PARÁGRAFO 1. La Asamblea General constituida con sus tres (3) miembros y con el voto favorable de por lo menos dos (2) de ellos, será la que admita o rechace la solicitud de admisión de los nuevos Miembros, conforme al Reglamento que a tal efecto dicte la Asamblea General, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
PARÁGRAFO 2. Antes de decidir definitivamente una solicitud de ingreso, la Asamblea General deberá ordenar su publicación, con el propósito de que los Miembros puedan presentar observaciones y objeciones.
PARÁGRAFO 3. Si la solicitud del aspirante es aceptada, se le informará oficialmente por la Secretaría General de La Asociación, con el fin de que dentro de los treinta (30) días calendario siguiente el nuevo Miembro cancele el valor de la Cuota de Afiliación que fije la Asamblea General.
PARÁGRAFO 4. En caso de no ser admitido un aspirante a Miembro, no podrá ser propuesto nuevamente hasta después de transcurrido un (1) año, desde la fecha en que fue rechazada la solicitud.
PARÁGRAFO 5. La Asamblea General decide en conjunto mediante votación secreta y no estará obligada a explicar las razones por las cuales rechaza las solicitudes de admisión para nuevos Miembros, pues éstas son confidenciales y pertenecen a la reserva de la Asamblea General. Ni el aspirante negado o Miembro alguno podrán solicitar información o razones sobre la decisión tomada.
PARÁGRAFO 6. El nuevo Miembro será inscrito en el Libro de Registro de Miembros en forma de acta, firmada por la Asamblea General y el nuevo Miembro; en éste se dará constancia de la reunión de la Asamblea General en que se haya decidido la aceptación. Dichas inscripciones podrán anularse por medio de constancia escrita de la Asamblea General cuando la persona inscrita pierda la calidad de Miembro, con indicación o mención de la reunión de la Asamblea General en que se haya decidido la pérdida de dicha calidad.